Decreto Nº 1682-2025
Delegar en las y los Titulares de Jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo la facultad dada por el artículo 61 del Decreto N° 470/73 -Reglamento de Contrataciones- respecto de la resolución de las impugnaciones a la Preadjudicación, cuando tal facultad corresponda al Poder Ejecutivo.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3687 del 08-08-25.-
Dictado el 07-08-25.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.- Delegar en las y los Titulares de Jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo la facultad dada por el artículo 61 del Decreto N° 470/73 -Reglamento de Contrataciones- respecto de la resolución de las impugnaciones a la Preadjudicación, siempre que tal facultad corresponda al Poder Ejecutivo.
Artículo 2°.- Determinar que en todo acto administrativo dictado en virtud de la presente delegación deberá dejarse expresa constancia de tal circunstancia.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por todas las señoras Ministras y Secretarias y todos los señores Ministros y Secretarios.
Artículo 4°.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Los trámites en curso, deberán adecuarse a los contenidos del presente.
Artículo 5°.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese pase a la Secretaría General de la Gobernación a sus efectos