RESOLUCIÓN Nº 139/2025

                                                                    SANTA ROSA, 23 de junio de 2025

 

 

VISTO:

La Ley N° 3428, el Convenio suscripto con el Poder Judicial Provincial de fecha 25 de agostos de 2021 y la necesidad de modernizar y eficientizar los procedimientos de control de este Tribunal de Cuentas, y

CONSIDERANDO:

 

Que en fecha 25 de agosto de 2021 se suscribió un Convenio con el Poder Judicial Provincial a los efectos de integrar la intervención de este organismo de contralor en el Ecosistema GDE de ese Poder; y efectivizar así el contralor que la manda constitucional pone en cabeza de este Tribunal de Cuentas;

Que por Ley N° 3428 se autorizó a este Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa a implementar la utilización de expedientes, documentos, comunicaciones, notificaciones y domicilios electrónicos, firmas electrónicas y digitales, llevando adelante las adaptaciones necesarias para la aplicación de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), en los procedimientos jurisdiccionales y administrativos que se tramitan ante el organismo en el marco del mandato que le confiere la constitución Provincial y la legislación vigente, dándole idéntica eficacia y valor probatorio al establecido en el Decreto Ley mencionado, como así también en la Norma Jurídica de Facto Nº 951 y su Decreto Reglamentario Nº 1684/79;

Que suscripto el respectivo convenio con la Secretaría de Innovación Pública de la Nación, a fin de acordar la cesión e implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE en el organismo mediante la modalidad CLOUD y por motivos ajenos a este organismo, no ha sido posible concretar la interoperabilidad de los ecosistemas implementados tanto por el Poder Judicial como por el Tribunal de Cuentas que posibilitaría la interacción entre ambos;

Que con el avance en la implementación del mecanismo de control establecido a través del Convenio oportunamente suscripto con el Poder Judicial, y en virtud de las conclusiones derivadas del uso práctico de la herramienta, se torna necesario readecuar el procedimiento preexistente;

Que las pautas que en la presente se establecen tienen por objeto receptar las observaciones y aspectos cuya mejora ha sido evidenciada durante el tiempo transcurrido desde la implementación del control respecto de actuaciones llevadas adelante en expedientes electrónicos del Poder Judicial, procurando optimizar la eficiencia y eficacia del mismo.

Que debe dejarse aclarado que el procedimiento que por la presente se aprueba subsistirá hasta tanto se concrete el funcionamiento del módulo de interoperabilidad entre el Poder Judicial y el Tribunal de Cuentas en GDE;

 

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 34 inciso c) del Decreto Ley N° 513/1969;

 

 

 

POR ELLO:

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PAMPA

R E S U E L V E:

 

 

ARTÍCULO 1º.- Aprobar a partir del día de la fecha, el procedimiento para la remisión de expedientes electrónicos a contralor del Tribunal de Cuentas, por parte de los organismos dependientes del Poder Judicial Provincial en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) del Poder Judicial que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 2º.- Regístrese por Secretaría, publíquese en el Boletín Oficial, póngase en conocimiento de todas las áreas de este Tribunal, comuníquese y cumplido, archívese.

 

ANEXO

Procedimiento para la remisión de Expedientes Electrónicos al Tribunal de Cuentas en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) del Poder Judicial Provincial, de acuerdo de lo establecido en la Cláusula Segunda del Convenio suscripto en fecha 25/08/2021.

1. Expedientes electrónicos originados en el ámbito del Poder Judicial que integren informes diarios o mensuales

A - RENDICIÓN DIARIA

l      Remisión al TdeC:

Los expedientes electrónicos integrantes de la rendición diaria serán remitidos, desde los organismos pertenecientes al Superior Tribunal de Justicia o al Ministerio Público, a la repartición Relatoría – RETDC- dependiente de la Sala II del TDC (SALLP).

 

l      Devolución del expediente electrónico:


El expediente electrónico será remitido desde el Tribunal de Cuentas a los organismos remisores del Superior Tribunal de Justicia o del Ministerio Público   por la Relatoría – RETDC- dependiente de la Sala II del TDC (SALLP)

 

B. RENDICIÓN MENSUAL

B.1. Ingreso

l      El expediente electrónico que contiene la rendición mensual será ingresada por Mesa de Entrada Virtual TDC.-MEVLP-

B.2. Egreso

l      Expedientes electrónicos con observaciones:

Serán devueltos por la Mesa de Entrada Virtual TDC.-MEVLP- al organismo que remitió el expediente electrónico al Tribunal de Cuentas


B.3. INGRESO PARA SEGUNDO ESTUDIO

 

B.1. Expedientes electrónicos con observaciones.



Una vez contestado el Pedido de Antecedentes, el ingreso del Expediente Electrónica de Rendición Mensual se realizará por la Mesa de Entrada Virtual TDC.-MEVLP-


B.4. EGRESO DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS

Todos los expedientes electrónicos sujetos a control y sentencia serán devueltos al Poder Judicial por medio de la Mesa de Entrada Virtual TDC.-MEVLP-

 

 

Remisión de Expedientes Electrónicos a Contraloría Fiscal en el Marco del Proceso de Control Previo según el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 513/69 Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) – Tribunal de Cuentas de la Provincia

 

2.1. Ingreso del Expediente Electrónico

Los expedientes electrónicos provenientes desde los organismos pertenecientes al Superior Tribunal de Justicia o al Ministerio Público, ingresan a la Contraloría Fiscal del Tribunal de Cuentas a través de la Mesa de Entrada Virtual TDC - MEVLP -, del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE),

2.2. Egreso del Expediente Electrónico

Una vez efectuadas las actuaciones correspondientes, la Mesa de Entrada Virtual TDC -MEVLP- remite el expediente electrónico al organismo remisor del expediente electrónico, concluyendo así el circuito del proceso de control previo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tipo de Rendición o Proceso

Origen

Destino

Medio de Envío

Rendición Diaria - Ingreso

Poder Judicial (STJ – Ministerio Público)

TdeC – Relatoría

Sistema GDE

Rendición Diaria - Egreso

TdeC – Relatoría

Poder Judicial  (STJ – Ministerio Público)

Sistema GDE

Rendición Mensual - Ingreso

Poder Judicial (STJ – Ministerio Público)

TdeC - Mesa de Entrada Virtual -

Sistema GDE

Rendición Mensual - Egreso (con observaciones)

TdeC - Mesa de Entrada Virtual

Poder Judicial (STJ – Ministerio Público)

Sistema GDE

Segundo Estudio - Ingreso (con observaciones)

Poder Judicial (STJ – Ministerio Público)

TdeC - Mesa de Entrada Virtual

Sistema GDE

Egreso de Expedientes - Sentencia

TdeC - Mesa de Entrada Virtual --

Poder Judicial (STJ – Ministerio Público)

Sistema GDE

Control Previo - Ingreso a Contraloría Fiscal

Poder Judicial (STJ – Ministerio Público)

Mesa de Entrada Virtual (GDE)

Sistema GDE

Control Previo - Egreso de Contraloría Fiscal

TdeC - Mesa de Entrada Virtual

Poder Judicial (STJ – Ministerio Público)

Sistema GDE