LEY Nº 1464
Autorizando al instituto Provincial Autárquico de Vivienda a transferir inmuebles de su propiedad.
Estado de la Norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. Nº 2006 del 21-05-1993.-
Sancionada el 29-04-1993.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
Artículo 1.- Autorízase al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a transferir inmuebles de su propiedad, a título gratuito, que no se encuentren afectados a planes de vivienda, en los siguientes casos:
a) Restituciones sin cargo a sus respectivos donantes;
b) Transferencias a favor del Estado Provincial; y
c) Transferencias o donaciones a favor de las Municipalidades o Comisiones de Fomento de los bienes reservados o solicitados con destino a espacios verdes, u otra finalidad de interés general.
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes: Dr. Manuel Justo BALADRON, Presidente H. Cámara de Diputados Provincia de La Pampa; Dr. Mariano A. FERNANDEZ, Secretrio Legislativo H. Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-