LEY Nº 1464

Autorizando al instituto Provincial Autárquico de Vivienda a transferir inmuebles de su propiedad.

 

 

Estado de la Norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. Nº 2006 del 21-05-1993.-

Sancionada el 29-04-1993.-

Operador de Digesto: M.L.E.-

 

 

 

Artículo 1.- Autorízase al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a transferir inmuebles de su propiedad, a título gratuito, que no se encuentren afectados a planes de vivienda, en los siguientes casos:

a) Restituciones sin cargo a sus respectivos donantes;

b) Transferencias a favor del Estado Provincial; y

c) Transferencias o donaciones a favor de las Municipalidades o Comisiones de Fomento de los bienes reservados o solicitados con destino a espacios verdes, u otra finalidad de interés general.

Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Firmantes: Dr. Manuel Justo BALADRON, Presidente H. Cámara de Diputados Provincia de La Pampa; Dr. Mariano A. FERNANDEZ, Secretrio Legislativo H. Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-