Conciliación de Cuenta Bancaria.

En el caso del Tribunal de Cuentas la confección de la conciliación bancaria es responsabilidad del sector denominado “Habilitación”.- 

Concepto

Es un proceso que permite confrontar y conciliar los valores que el Organismo o empresa tiene registrada de una cuenta bancaria, ya sea corriente o  de ahorro.

La conciliación bancaria  busca igualar las diferencias de resultados, ya que es un mecanismo que permite identificar las mismas y sus causas para luego proceder a realizar los respectivos ajustes y conexiones. Se emiten documentos  muy precisos y transparentes para uso del ente y así llevar en claro un equilibrio del estado de cuenta bancaria.

Síntesis del procedimiento

El proceso se da desde las dos partes involucradas:

A – El banco envía a sus depositantes, al término de cada mes, un estado de cuentas – resumen, en el cual hacen constar:

  • El estado anterior de la cuenta.
  • Los créditos por depósitos y transferencias a su favor.
  • Los cargos – débitos – por cheques pagados, notas de débitos y transferencias a favor de terceros.
  • El saldo que a favor del depositante.

B – El depositante contabiliza, durante un período cierto de tiempo, su cuenta de banco considerando sus propias operaciones – debitándola cuando deposita y acreditándola cuando emite cheques.

Suele suceder que hay cheques, cuyo pago no ha efectuado el Banco y es frecuente que los depósitos hechos en el último día del mes no se registren en el estado de cuenta bancario.

Estas discrepancias, indicadas en el último párrafo,  se corrigen con lo que técnicamente se conoce por una conciliación de cuentas, operación que consiste en preparar un estado de cuenta que explique a qué partida se debe las discrepancias entre los saldos.