El presente trabajo es una síntesis de las operaciones realizadas por las Comisiones de Fomento y que deben ser respaldadas por sus respectivos comprobantes para su posterior contabilización, por las que se debe tener en cuenta:
Operaciones alcanzadas
• Compraventa de cosas muebles.
• Locaciones y prestaciones de servicios.
• Locaciones de cosas.
• Locaciones de obras.
• Señas o anticipos que congelen precios.
• Traslado y entrega de productos primarios o manufacturados.
• Pesaje de productos agropecuarios.
Comprobantes respaldatorios recepcionados o emitidos
• Factura.
• Factura Electrónica.
• Factura de Exportación.
• Notas de Débitos y/o Créditos.
• Ticket, Facturas, Ticket-Factura, Notas de Debito y demás documentos fiscales emitidos mediante equipamiento electrónico llamado “Controlador Fiscal”.
• Documentos equivalentes (Ejemplo: certificados de obra)
Se emiten en:
• Original (para el comprador).
• Duplicado (para el vendedor).
Normativa
Lo datos que deben contener los comprobantes clase “A”, “B” o “C” (Anexo II de la R.G. 1415/03 y modificatorias) son los siguientes:
1. Respecto del Emisor y del Comprobante.
Es condición principal que todos los comprobantes sean Preimpresos.
• Apellido y Nombres, Denominación o Razón Social.
• Domicilio Comercial.
• Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
• Número de inscripción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos o condición de No Contribuyente.
• Condición frente al IVA.
2. Numeración de Comprobantes.
Numeración consecutiva y progresiva, de Doce (12) dígitos.
3. Identificación de los Comprobantes que Respaldan la Operación.
Comprobantes que emitan Responsables Inscriptos en IVA se identificarán con:
Letra “B”: Por operaciones realizadas con:
• Sujetos Exentos, No Responsables IVA.
• Consumidores Finales.
• Monotributistas.
• Sujetos No categorizados.
Letra “C”: Será emitido por:
• Sujetos Exentos, No Responsables ante el IVA.
• Monotributistas.
4. Fecha de inicio de actividades.
La misma surge de la fecha de inscripción del contribuyente.
5. Respecto del Comprador, Locatario o Prestatario.
• Apellido y Nombres, Denominación o Razón Social.
• Domicilio Comercial.
• Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
• Leyenda “IVA Responsable Inscripto”, “IVA Exento”, “ A Consumidor Final”, “Responsable Monotributo”.
6. Con relación a la operación efectuada.
• Cantidad de los bienes enajenados.
• Descripción que permita identificar el bien vendido, el servicio prestado, la cosa, obra o servicio locado o el trabajo efectuado. A tal fin, se podrá utilizar un sistema de códigos, siempre que se encuentre incorporado al proceso de emisión de los comprobantes utilizados. En este caso, deberá existir un catálogo con la codificación empleada en la operación, firmado por una persona debidamente autorizada, a disposición de cualquier sujeto que lo solicite.
• Precios unitarios y totales.
• En los casos de operaciones realizadas en moneda extranjera se consignará en el comprobante que se emita el tipo de cambio utilizado.
• Todo otro concepto que incida cuantitativamente en el importe total de la operación.
7. El teléfono de Defensa al Consumidor.
Requisito exigido por normativa provincial.
8. Datos de Impresión.
Apellido y Nombres, Denominación o Razón Social y Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de quien efectuó la impresión y fecha en que se realizó.
9. Numeración del Lote Impreso.
El primero y el último de los números de los documentos, que comprenda la impresión efectuada, y el número de habilitación del establecimiento impresor, otorgado por el organismo competente. El Documento emitido debe tener su numeración dentro de este rango.
10. Código de autorización de impresión, precedido de la sigla “CAI N° ..”.
11. Fecha de vencimiento del Comprobante, precedido de la leyenda “Fecha de Vto. ….”.
12. Las palabras “ORIGINAL” y “DUPLICADO”.







