MONTOS DE LAS CONTRATACIONES
Según Artículo 142 – Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento (Ley N° 1597)- establece en su segundo párrafo “las comisiones de fomento reúnen en si las atribuciones y deberes que le competen a los departamentos Ejecutivo y Deliberativo de las Municipalidades”. Por consiguiente en su art. 47 establece que el Consejo Deliberante dictará las ordenanzas sobre contrataciones de obras y servicios públicos, fijando los montos par efectuar adjudicaciones en forma directa, por concurso de precios, licitación privada o pública.
A los efectos de determinar el procedimiento a seguir para las contrataciones, se considerarán los montos máximos de contratación establecidos por Ordenanza.
RESOLUCION DE APERTURA
En dicha resolución se decide llamar a concurso de precio, licitación privada o licitación publica y se establecen:
• Especificaciones técnicas del bien a adquirir.
• Día y hora de apertura de sobres.
• Lugar de entrega del bien.
• Plazo de entrega.
• Si se entrega un bien como parte de pago, especificaciones técnicas del mismo.
PUBLICIDAD E INVITACIONES
En las Licitaciones Públicas, los llamados deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y una vez en un diario, con siete días hábiles de anticipación a la fecha de apertura de la Licitación, a contar desde la fecha del último anuncio. El Poder Ejecutivo podrá ampliar los plazos y medios de difusión establecidos precedentemente, cuando la importancia de la contratación resulte aconsejable. Las publicaciones deberán contener:
• El objeto del llamado expresado sintéticamente en forma que permita su fácil interpretación;
• El nombre de la repartición, dependencia o entidad licitante;
• Lugar y horario donde puede retirarse el Pliego correspondiente;
• El lugar, horario y plazo de presentación de las ofertas;
• El presupuesto o precio básico estimado, cuando las propuestas deban hacerse sobre esa base.
A estos requisitos podrán agregarse otras especificaciones cuando la naturaleza del objeto o monto del llamado resulte conveniente, con vistas a lograr un mayor número de oferentes.
En las Licitaciones Privadas se cursará como mínimo cinco invitaciones a proveedores del ramo.
En los Concursos de Precios se invitará como mínimo a tres (3) firmas del ramo mediante nota que contenga las especificaciones necesarias para la exacta identificación de la provisión, estableciendo plazo para la respuesta.
Se deberá adjuntar “planilla de invitación para las solicitudes de cotización de precios”, la cual deberá contener el número de licitación, fecha y hora en que se realizará la apertura de sobres y deberá ser firmada por cada una de las firmas invitadas a cotizar.
OFERTA
La oferta especificará:
• El precio unitario fijo y cierto, en números, con referencia a la unidad solicitada, determinado en pesos y el total general de la propuesta, en letras y números;
• La cotización por cantidades netas y libres de envases y gastos de embalaje, salvo que las cláusulas particulares previeran lo contrario. Si el producto tuviere envase especial y el mismo debiere devolverse, el flete y acarreo respectivo correrán por cuenta del adjudicatario;
• El origen del producto cotizado. Si no se indicare, se entenderá que es de Industria Argentina.
ACTA DE APERTURA DE PROPUESTA
La misma se realiza el día de apertura de sobres y deberá contener:
• Día y hora de inicio del acto.
• Nombre y cargo de los funcionarios que proceden a la apertura de propuestas.
• Nombre de los oferentes presentes en el acto.
• Número de Licitación o concurso de precios.
• Breve descripción del bien que se adquiere u obra que se contratara.
• Nombre de los oferentes, junto con la cotización que cada uno realice.
• Día y hora de finalización del acto.
• Firma de los funcionarios y oferentes presentes en el acto.
PLANILLA COMPARATIVA DE PRECIOS
La misma se confecciona luego de la apertura de propuestas y se vuelca el nombre de cada uno de los proveedores, junto con su respectiva cotización y se establece cual es la de menor valor.
RESOLUCION DE ADJUDICACION
Se realiza al finalizar el proceso correspondiente y una vez analizadas las propuestas por las autoridades de la Comisión de Fomento, se procede a confeccionar la Resolución que adjudica la compra o contratación al respectivo proveedor. Dicha resolución deberá contener:
• Nombre del proveedor adjudicado.
• Número de licitación a la que corresponde la adjudicación.
• Detalle del bien a comprar o servicio a contratar.
• Importe de la operación.
• Forma de pago. En caso de entrega de un bien usado como parte de pago, detalle del mismo e importe establecido según dictamen de tribunal de tasación.
La adjudicación será comunicada al interesado por carta certificada con aviso de retorno u otro medio de comprobación fehaciente, remitida dentro de los cinco (5) días de acordada, mediante orden de provisión o venta y excepcionalmente cualquier otra forma documentada, constituyendo esa comunicación -cualquiera fuere la fecha de su recepción- la orden para cumplimentar el compromiso en las condiciones estipuladas.
(Referencia Legal: Ley Provincial 1597, Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento – Decreto-Acuerdo 470/73, Reglamento de contrataciones)







