Inicio de Actuaciones Administrativas – Expedientes.

El inicio de las actuaciones administrativas, implicará en todos los casos, la apertura de un expediente, para lo cual deberá tenerse muy en cuenta el ámbito dentro del cual deberá ser canalizado.

 Si en el mismo intervendrán durante su tramitación, diferentes dependencias de la Administración Pública, el mismo deberá ser caratulado por la Mesa General de Entradas y Salidas y no podrá revestir el carácter de interno – para el caso de los organismos que tienen esa modalidad-. Esto último en función de que, como su propio término lo indica, el expediente interno no puede exceder la órbita específica de la dependencia que habilita su trámite y caratulación, ya que de lo contrario pierde su calidad de “interno”.

 La identificación que le sea asignada por la Mesa General de Entradas y Salidas, deberá mantenerse durante toda la tramitación del expediente, salvo cuando sea “agregado” o “incorporado” a otro anterior, tarea que será realizada por la dependencia indicada y adecuará la respectiva foliatura.

 En cuanto a la foliación de los expedientes, la misma resulta de vital importancia para evitar la intercalación de o supresión de fojas, razón por la cual se impone seguir un orden correlativo, hasta conformar cuerpos numerados de 200  a 250 fojas. Asimismo, los diferentes cuerpos serán habilitados por la Mesa General de Entradas y Salidas.

 Cuando por cualquier circunstancia se desliza un error de foliado, el mismo debe ser salvado a través del defoliado;  se colocará el sello refoliador, firmará y aclarará la firma en cada una de las fojas refoliadas.

 En el caso de desgloses, a solicitud de parte interesada o por necesidad del organismo actuante, los mismos se harán dejando constancia expresa y bajo firma responsable, indicándose de que trata o tratan las fojas desglosadas.

 Para todo lo vertido se debe tener en cuenta lo indicado por la Ley de Procedimiento Administrativo y las normas vinculantes dictadas al efecto.

 Teniendo presente lo observado anteriormente se podrá realizar un seguimiento  en la tramitación de  las actuaciones administrativas.