¿Cuál es el monto que se debe mantener en caja?

El monto a mantener en caja debe ser el necesario, que garantice y posibilite  el cumplimiento de las operaciones diarias de la Comisión de Fomento. Dando cumplimiento al Capítulo III punto 2 de la Circular N° 1/99 del Tribunal de Cuentas, que establece “Las recaudaciones deberán depositarse en Banco, en el primer día hábil posterior al de su percepción. En las localidades en que no exista Banco esta obligación podrá cumplirse semanalmente”.